2026-11-04

Actualidad

Condenan a una desarrolladora a pagar más de $60 millones por utilizar una medianera ajena

La Justicia hizo lugar al reclamo de un consorcio de propietarios que denunció que una empresa había utilizado una pared divisoria, financiada por los vecinos, para construir un edificio lindero. La condena supera los $60 millones más intereses y corresponde a una sentencia de primera instancia.

Un conflicto por el uso de una pared medianera en Villa Urquiza terminó con una condena millonaria para una empresa desarrolladora. La Justicia porteña falló a favor de un consorcio de propietarios que había denunciado que la compañía utilizó parte de una estructura existente, costeada por los vecinos, para levantar un edificio lindero sin compensarlos económicamente.

La resolución fue dictada el 2 de noviembre de 2026 por el Juzgado Nacional en lo Civil N° 109. La jueza Pilar Fernández Escarguel condenó a Desarrolladora B.A. S.A. a pagar $60.363.295 más intereses, al considerar probado que la empresa obtuvo un beneficio económico al aprovechar una pared que no había construido ni financiado.

El caso enfrentó al consorcio de propietarios de Pacheco 2855/57 con la desarrolladora responsable del edificio ubicado en Pacheco 2865, en el barrio de Villa Urquiza.

El conflicto por el uso de la pared medianera

Según la demanda, la empresa construyó el nuevo edificio apoyándose sobre una pared divisoria que ya existía y que había sido costeada por el consorcio vecino. Los propietarios sostuvieron que la desarrolladora había aprovechado esa estructura para ejecutar su proyecto inmobiliario, sin reconocer el valor correspondiente por su utilización.

Para determinar el monto del reclamo, el consorcio contrató a un arquitecto que realizó una evaluación técnica del aprovechamiento de la medianera. El relevamiento identificó una superficie aproximada de 443 metros cuadrados de pared utilizada por la nueva construcción.

A partir de ese análisis se estableció el valor económico que debía reconocerse por el uso de la estructura preexistente. La discusión llegó a los tribunales, donde se evaluaron las pruebas y la pericia presentada durante el proceso.

Cómo se calculó la indemnización de más de $60 millones

La pericia había estimado una compensación de $66.399.625. Sin embargo, la magistrada descontó $6.036.329 correspondientes a honorarios profesionales cuyo pago no había sido acreditado.

De esta manera, la condena quedó fijada en $60.363.295, a lo que deberán sumarse los intereses. La sentencia estableció una tasa del 8% anual para el período comprendido entre diciembre de 2023 y octubre de 2025 y, posteriormente, la aplicación de la tasa activa del Banco Nación.

Además, la desarrolladora deberá afrontar las costas judiciales y cuenta con un plazo de diez días para cumplir con el pago, según lo dispuesto en la resolución.

Un antecedente sobre los conflictos entre desarrolladores y consorcios

El fallo pone el foco en una cuestión que puede aparecer durante el desarrollo de proyectos inmobiliarios en zonas urbanas consolidadas: el aprovechamiento de estructuras existentes en propiedades linderas.

En este caso, la controversia no estuvo vinculada con una falla constructiva ni con daños provocados durante la obra, sino con el beneficio económico obtenido por la utilización de una pared financiada previamente por otro consorcio.

La resolución constituye un pronunciamiento de primera instancia y, por lo tanto, todavía no consta que haya quedado firme. La condena establece, de todos modos, un reconocimiento económico a favor de los propietarios por el uso de una estructura que, según se acreditó en el expediente, había sido costeada por ellos.

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