lunes 1 de junio de 2026

Mercado inmobiliario

Menos impuestos para propietarios e inversores: Reglamentan beneficios en Ganancias para alquileres y ventas de inmuebles

Propietarios e inversores contarán con un alivio tributario tras la reglamentación de las exenciones de Ganancias para alquileres residenciales y ciertas transferencias inmobiliarias. La iniciativa busca impulsar la oferta de viviendas y dinamizar el mercado.

El Gobierno nacional terminó de reglamentar un importante cambio tributario para el mercado inmobiliario: los ingresos provenientes de alquileres destinados a vivienda permanente quedarán exentos del Impuesto a las Ganancias.

La medida fue oficializada mediante el Decreto 406/2026, publicado en el Boletín Oficial, y forma parte de las modificaciones incorporadas por la Ley 27.802 de Modernización Laboral. La reglamentación era esperada por propietarios, desarrolladores e inversores porque define con precisión quiénes podrán acceder al beneficio y desde cuándo comenzará a aplicarse.

Según establece la norma, estarán exentas las ganancias derivadas de la locación o sublocación de inmuebles destinados a “casa-habitación”, es decir, viviendas de uso único, familiar y de ocupación permanente. El beneficio alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas que alquilen propiedades bajo ese destino específico.

Más rentabilidad para los propietarios

Uno de los puntos más importantes de la reglamentación es que la exención se aplicará a las rentas generadas desde el 1° de enero de 2026, independientemente de la fecha en que se haya firmado el contrato de alquiler. Además, incluye no solo el alquiler de la propiedad sino también los importes cobrados por muebles, accesorios y servicios que formen parte de la locación.

En el sector inmobiliario consideran que la medida puede representar una mejora significativa en la rentabilidad neta de los propietarios, especialmente en un contexto donde el mercado locativo viene mostrando una recuperación sostenida tras los cambios regulatorios implementados durante los últimos meses.

La eliminación de esta carga tributaria podría convertirse además en un incentivo para que más propietarios vuelquen unidades al mercado de alquiler tradicional, ampliando la oferta disponible y mejorando las condiciones para los inquilinos.

Qué se entiende por “casa-habitación”

El decreto define expresamente que se considerará casa-habitación al inmueble destinado a vivienda única, familiar y de ocupación permanente de quien lo habita.

Esto implica que la exención alcanza exclusivamente a los alquileres destinados a vivienda permanente y no a otros formatos como alquileres temporarios, turísticos o inmuebles afectados a actividades comerciales, que continuarán bajo el régimen tributario vigente.

También habrá beneficios para ciertas operaciones inmobiliarias

La reglamentación incorpora además precisiones sobre otra exención relevante para el sector: la vinculada a determinados resultados obtenidos por la venta de inmuebles y la transferencia de derechos sobre propiedades ubicadas en la Argentina.

Según la normativa, las personas humanas y sucesiones indivisas, tanto residentes como no residentes, podrán acceder al beneficio siempre que las operaciones se concreten a partir del 1° de enero de 2026 y cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Impuesto a las Ganancias.