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Consejos indispensables para tomadores de créditos hipotecarios UVA

11/01/2019 - uno de los principales puntos a tener en cuenta a la hora de acceder a este tipo de préstamos es la capacidad de ahorro familiar.

ARGENTINA.-  Un informe de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe recuerda que en los casos en que el valor de las cuotas supere en el 10 por ciento el incremento salarial, se puede solicitar en el banco que se extiendan los plazos de cancelación. También reitera los derechos que tienen los usuarios de servicios financieros.

Los créditos hipotecarios UVA son préstamos cuyas cuotas se ajustan por inflación a través de una unidad de medida llamada Unidad de Valor Adquisitivo, que diariamente publica el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Es decir, el crédito (y por lo tanto la cuota) no se toma en pesos, sino en UVA y el precio de ésta varía según la inflación.

Por este motivo, uno de los principales puntos a tener en cuenta a la hora de acceder a este tipo de préstamos es la capacidad de ahorro familiar. Se recomienda siempre tomar un préstamo cuya cuota resulte cómoda en relación a la capacidad de ahorro mensual.


En caso de que la inflación supere en el 10 por ciento al incremento salarial, la normativa vigente obliga a los bancos a extender el plazo para cancelar el préstamo. Los clientes que hoy están en esta situación pueden solicitar al banco que les dio el préstamo que se extiendan los plazos y se redeterminen los valores de las cuotas que pagan por sus viviendas a fin de disminuir los montos a pagar. Cabe destacar que con esta herramienta el deudor abonará más cuotas, pero éstas serán menores.

La Comunicación A 5.946 del Banco Central de la República Argentina establece que, ante la solicitud expresa del tomador, la entidad financiera deberá extender en hasta 25 por ciento el plazo originalmente previsto para el préstamo.

La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe recuerda que, los usuarios financieros, ya sea de créditos UVA o cualquier otro servicio, tienen los siguientes derechos:

- La protección de su seguridad e intereses económicos.

- Recibir información adecuada y veraz acerca de los términos y condiciones de los servicios que contraten, así como copia de los instrumentos que suscriban.

- Libertad de elección.

- Condiciones de trato equitativo y digno.

El BCRA establece además que los sujetos obligados deberán adoptar las acciones necesarias para garantizar estos derechos a todos los actuales y potenciales usuarios de los servicios que ofrecen y prestan, de manera de asegurarles condiciones igualitarias de acceso a tales servicios.



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